Inscripción de Nacimientos
Registro Civil
Inscripción de
Nacimientos
- DEBERÁN PRESENTARSE AMBOS PADRES (EXCEPTUANDO CASOS DE MADRES SOLTERAS Y PADRES CON CERTIFICADO DE MATRIMONIO EMITIDO POR EL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS -RENAP-, EN CUYO CASO PUEDE COMPARECER SOLO UNO DE LOS DOS).
Son guatemaltecos de origen los hijos de padre o madre guatemalteca nacidos en el extranjero, para lo cual deberán inscribir el nacimiento en el Consulado de Guatemala más cercano, quien remitirá dicha inscripción al Ministerio de Relaciones Exteriores para que éste a su vez lo traslade al Registro Nacional de las Personas RENAP, quien se ocupará de emitir una Certificación de Nacimiento.
Basado en la legislación guatemalteca no se emite documento alguno que deniegue la nacionalidad guatemalteca a los hijos de guatemaltecos nacidos en Italia.
Para realizar la inscripción, los interesado(a)s deberá solicitar cita, enviar los documentos y el formulario de solicitud firmado, debidamente escaneados para su revisión y aprobación al correo electrónico: embitalia@minex.gob.gt
Debe presentarse el día indicado a la Sección Consular de esta Embajada con los documentos en original (que se les devolverán a los solicitantes) y fotocopias legibles.
Requisitos:
- La inscripción deberá realizarse antes que el menor cumpla 18 años.
- Original y dos copias de Certificado literal de nacimiento del o la menor, emitido por el Registro Civil de la localidad correspondiente.
- Original y 3 copias de pasaporte vigente de ambos padres o DPI o Certificación de DPI emitida por RENAP. Si es extranjero, pasaporte vigente de la nacionalidad de origen.
- No se aceptan Carta d’Identità.
- 3 copias del Certificado de Nacimiento de ambos padres (máximo 6 meses de antigüedad). En el caso de padre o madre guatemalteco, deberá ser emitido por el RENAP. Si es extranjero el certificado de nacimiento a presentar, debe ser el de la nacionalidad de origen.
- 3 copias del Certificado de Matrimonio de los padres (máximo 6 meses de antigüedad) emitido por el RENAP. Si los padres han contraído matrimonio fuera de Guatemala y para que puedan figurar como casados, deberán inscribir el matrimonio ante Guatemala, previo a realizar la inscripción de nacimiento. Ver apartado de Inscripción de matrimonio.
- Si uno de los padres hubiera fallecido, presentar 3 copias del Certificado de Defunción.
- DEBERÁN PRESENTARSE AMBOS PADRES (EXCEPTUANDO CASOS DE MADRES SOLTERAS Y PADRES CON CERTIFICADO DE MATRIMONIO EMITIDO POR EL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS -RENAP-, EN CUYO CASO PUEDE COMPARECER SOLO UNO DE LOS DOS).
En caso de no haber realizado la inscripción y ya cumplidos los 18 años, la persona interesada en obtener la nacionalidad deberá dirigirse a la Embajada de Guatemala para realizar el trámite.
Para cualquier consulta no dude en contactar con la Sección Consular de la Embajada de Guatemala en Italia.
En caso de no poder asistir a su cita, rogamos nos informen de la cancelación de la misma vía telefónica o correo electrónico a embitalia@minex.gob.gt.